Paola del
Rosario Guzmán Albarracín nació en Guayaquil en 1986, su núcleo familiar estaba
compuesto por: su madre Petita; su abuela que tenía una enfermedad crónica; y
su hermana Denisse de 6 años.
Cuando
Paola tenía 12 años, asistió al colegio público "Dr. Miguel Martínez
Serrano" en la ciudad de Guayaquil, al que solo asisten niñas.
En el
2001, cuando tenía 14 años, y cursaba el segundo año en el colegio Martínez
Serrano, comenzó a tener problemas académicos y el vicerrector, de nombre
Bolívar Espín le ofreció "ayuda", e incluso "promoverla de
año".
Petita
Albarracín recuerda que, en una reunión el vicerrector, Espín le dijo a su
hija: ¨pero yo ya hablé contigo princesita"; la madre narró que notó
cambios de comportamiento en su hija desde octubre de 2001, ¨Paola no era la
misma alegre, ya no me contaba las cosas cuando llegaba del colegio¨.
La
adolescente de 16 años era víctima de estupro por parte del vicerrector de 65
años. A pesar de que la situación era ampliamente conocida por la comunidad
académica y estudiantil, no se tomaron medidas para atender el problema. Varias
declaraciones señalaron que Paola no había sido la única estudiante con la que
el vicerrector había tenido acercamientos de esa índole.
El 10 de
diciembre de 2002, Paola cumplía 16 años y su familia le organizó una fiesta
sorpresa. Cuando llegó a casa, no mostró alegría, lloró y abrazó a toda su
familia.
El 11 de
diciembre de 2002, la inspectora del curso de Paola envió una citación a su
madre para que se presente en el colegio al día siguiente.
El 12 de
diciembre de 2002, en la mañana, estando aún en su casa a las 10H30, Paola
ingirió 11 diablillos (fósforo blanco), dejó tres cartas, (una dirigida al
vicerrector) en las que expresaba no poder soportar lo que estaba sufriendo. Se
vistió y se fue al colegio donde contó de lo que había pasado a algunas de sus
compañeras, quienes le condujeron inmediatamente a la enfermería del colegio.
Una vez en
la enfermería, la instaron a rezar. La madre de la adolescente fue contactada
por las compañeras de su hija después del mediodía y, 30 minutos después, logró
llegar a la institución educativa, donde encontró a su hija sola, tirada en una
camilla, pues no le habían dado primeros auxilios, ni atención de ningún tipo,
nadie llamó una ambulancia. La única ayuda que Paola Guzmán recibió del Colegio
Martínez Serrano fue que se dispuso al conserje llamar un taxi para que la
traslade, en estado de agonía, al Hospital Luis Vernaza, que es parte del
sistema de salud pública.
El cuerpo
de Paola no resistió y murió la madrugada del 13 de diciembre de 2002.
Apenas
fallecida, una periodista alertó a la madre de lo que habría sucedido con su
hija y el vicerrector. Las compañeras de colegio de Paola le contaron a su mamá
que el 20 de noviembre de 2002, les había contado que estaba embarazada de
Bolívar Espín, y mostró una prueba de embarazo, por lo que había decidido
interrumpir su embarazo usando una inyección que le colocaría el médico del
Colegio Martínez Serrano.
Según el
testimonio de una amiga de Paola, el médico de la escuela condicionó su ayuda a
Paola si accedía tener relaciones sexuales con él.
Las
investigaciones revelaron que tanto el cuerpo, como la sangre, de Paola Guzmán
fueron manipulados y que el proceso fue llevado de forma negligente, a pesar de
la petición explícita de su madre, nunca se pudo determinar si Paola estuvo
embarazada o no.
Petita
Albarracín agotó todas las vías que estuvieron a su alcance para conseguir
justicia penal, civil y administrativa en el Ecuador.
Procesos
ante la justicia ecuatoriana
Proceso
Penal |
En
febrero de 2003 se ordenó la detención del vicerrector; el Estado no actuó
con la diligencia debida para localizarlo y someterlo a proceso. En
septiembre de 2008 se declaró prescrita la acción penal y cesaron todas las
medidas en contra del vicerrector Bolívar Espín. |
Proceso
Civil. |
En
octubre de 2003, la madre de Paola presentó una demanda en contra del
vicerrector por los daños morales sufridos a causa del suicidio de la
adolescente, por lo que se condenó a Bolívar Espín al pago de una
indemnización, sin embargo, en 2006 se declaró la nulidad del procedimiento. En
julio de 2012, las autoridades judiciales archivaron la causa. |
Proceso
administrativo |
En 2003
y 2004 la madre de Paola informó al Ministerio de Educación, lo sucedido con
su hija y solicitó sanciones al vicerrector. En
diciembre de 2004, el vicerrector fue destituido por “presunto abandono
injustificado del cargo”, sin considerar el tema de Paola. |
El 2 de
octubre de 2006, luego de años de revictimización, indolencia y encubrimiento
por parte del Estado ecuatoriano, con el apoyo de organizaciones de la sociedad
civil, se presentó el caso de Paola ante la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos (CIDH).
La
petición fue admitida el 17 de octubre de 2008 y por casi 3 años se realizaron
trámites para alcanzar un acuerdo de solución amistosa.
·
La Comisión concluyó que Paola fue víctima de
violencia sexual por parte de Espín y del médico del colegio y que esto fue un
factor determinante en su suicidio. Pidió a Ecuador que realizara reparaciones
materiales y morales a la familia de Paola, entre ellas la adopción de medidas
de compensación económica, el apoyo psicológico a lafamilia y creara protocolos
para atender este tipo de delitos; así como la reconstrucción de la memoria de
Paola, ya que la prensa local se calificó el acoso y abuso sexual sistemático
sufrido por Paola como "relación sentimental" y su suicidio como
producto de una "decepción amorosa".
·
7 de febrero de 2019, ante la falta de
cumplimiento por parte de Ecuador de las recomendaciones presentadas, la CIDH
decidió elevar el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte
IDH).
·
24 de junio de 2020 la Corte IDH emitió su
sentencia, declarando la responsabilidad internacional de Ecuador por
violaciones a los derechos de la adolescente y de sus familiares, ordenando
medidas de reparación inmediatas.
·
La Corte IDH constató que las violaciones a
los derechos sucedieron mediante el aprovechamiento, por parte del funcionario
estatal, de la relación de poder respecto de Paola y la situación de
vulnerabilidad de ella, dada su condición de niña adolescente. Paola vio
lesionados sus derechos a vivir una vida libre de violencia y a la educación.
·
Esa violencia no fue aislada, sino que estuvo
inserta en una situación estructural, y resultó discriminatoria en forma
interseccional, viéndose la adolescente afectada por su género y edad.
·
Pese a que la violencia sexual en el ámbito
educativo era un problema existente y conocido, el Estado no adoptó medidas
efectivas para revertirlo, ni tampoco medidas adecuadas para abordar actos de
violencia sexual en el ámbito educativo y no proveyó educación sobre derechos
sexuales y reproductivos a la adolescente, lo que potenció su vulnerabilidad.
·
Al ser el primer caso de abuso sexual en un
ámbito educativo tratado por la Corte IDH, su fallo es histórico, porque
establece por primera vez estándares para prevenir que las niñas y adolescentes
sufran la violencia sexual en entornos educativos de toda América Latina y el
Caribe.
·
El hecho tiene carácter histórico por constituir,
explicando que el acoso sexual es
sistemático, es estructural, que está naturalizado y por lo tanto es muy
difícil de detectar y asumis el riesgo y la vulneración a la que las niñas y
adolescentes están expuestas.
La muerte de Paola Guzmán fue el detonante de una serie de
denuncias que sacaron a la luz una trama de encubrimiento institucional al
abuso sexual en varios colegios del país.
Si
desea conocer más del caso Paola Guzmán, favor mire estos videos |
Te lo Explico con Plastilina - Caso
Paola Guzman Albarracin https://www.youtube.com/watch?v=XDGfQ1OLWks Paola Guzmán Albarracín - Lucha por
los derechos de las niñas en América Latina https://www.youtube.com/watch?v=RUICfBgce08 Testimonio completo en la Corte
Interamericana de Derechos Humanos |
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